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PLAN ESPECIAL DE ASISTENCIA ECONÓMICA PARA INVERSIONES DE COMPETENCIA MUNICIPAL DESTINADO A LAS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA MENORES DE 1000 HABITANTES 2026 -ACUERDO CONCESIÓN PARCIAL 1

Diputación Provincial de Almería

Presidencia y Hacienda

Presidencia

Planes y Programas Provinciales - De Inversión - 2026

Publicado: 16/04/2026








ANUNCIO
El Pleno aprobó (acuerdo 3, de fecha 31 de marzo de 2026), acuerdo de concesión parcial (1) relativo alPLAN ESPECIAL DE ASISTENCIA ECONÓMICA PARA LA FINANCIACIÓN DE INVERSIONES Y SERVICIOS DE COMPETENCIA MUNICIPAL DIRIGIDO A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA CON POBLACIÓN INFERIR A 1.000 HABITANTES, que se transcribe literalmente a continuación:

URL GRABACIÓN AUDIOVISUAL: https://ov.dipalme.org/csv/s/d/lYm-gFSMPKVLo8hBtyQeug== MINUTAJE GRABACIÓN AUDIOVISUAL: 00:02:19 / 00:04:04 URL GRABACIÓN PORTAL DE TRANSPARENCIA:
https://dipualmeria.seneca.tv:443/watch?id=ZWNlYTBmZDQtYTRmNy00NjE2LTliMDAtMmEwMzA2

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”Por el Secretario General Acctal., se da cuenta del expediente en el que consta la propuesta del Diputado Delegado del Área de Presidencia y Promoción de la Provincia, de fecha veintitrés de marzo de 2026, cuya parte expositiva dice:
“El artículo 9 de la Norma de Asistencia Económica de la Diputación Provincial de Almería (NAE), de 27 de febrero de 2018, regula el procedimiento para la elaboración del Plan de Asistencia Económica. A tenor de su contenido, se establece que la Administración Provincial recabará datos de sus fuentes propias, así como información suministrada por las propias entidades locales, de acuerdo con sus “necesidades e intereses peculiares”.
Mediante acuerdo de fecha 9 de febrero de 2026, la Junta de Gobierno, aprueba el Plan especial de asistencia económica para la financiación de inversiones y servicios de competencia municipal, para la anualidad 2026, dirigido a entidades locales de la provincia de Almería con población inferior a 1.000 habitantes, en los términos establecidos en las bases reguladoras del mismo, por importe de un millón ochenta mil euros (1.080.000 €), con cargo a la aplicación 1100 942 76202 del presupuesto de la Diputación de Almería para el ejercicio 2026.
De conformidad con lo previsto en los arts. 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria en el B.O.P. de Almería - Número28 de 11 de febrero de2026 estableciendo un plazo de presentación de solicitudes de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del referido extracto.
Transcurrido dicho plazo, de conformidad con los apartados 4 y 5 del artículo 9 de la NAE, y al objeto de que los Ayuntamientos beneficiarios con la documentación cumplimentada, puedan iniciar las actuaciones objeto del presente Programa, se formula propuesta para la aprobación parcial del Plan especial de asistencia económica para la financiación de inversiones y servicios de competencia municipal dirigido a entidades locales de la provincia de Almería con población inferior a 1.000 habitantes correspondiente al año 2.026, para su aprobación por el Pleno de la Corporación Provincial.
A tal fin, consta diligencia en la que se indica que transcurrido el trámite de audiencia a partir de la publicación del anuncio en la página web de la Diputación Provincial de Almería, no han sido presentadas en la oficina virtual alegaciones/discrepancias por las entidades locales recogidas en la propuesta Aprobación parcial del Plan especial de asistencia económica para la financiación de inversiones y servicios de competencia municipal dirigido a entidades locales de la provincia de Almería con población inferior a 1.000 habitantes correspondiente al año 2.026 (url
https://ov.dipalme.org/verifirma/code/gczrHN+WPKQPWvEZbV4nGQ==)
Asimismo, se ha procedido a la publicación de anuncio en el Tablón de la página web de la Diputación, de conformidad con el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al objeto de que en un plazo de diez días a partir del día siguiente de la publicación, las entidades locales participantes en el Plan que así lo requieren, incluidas en el Anexo I (url https://ov.dipalme.org/verifirma/code/BJSrOmpR90L1rM1JunU/MA==),subsanasen la falta o acompañen los documentos preceptivos o complementarios según lo establecido en el correspondiente programa.
En cuanto a las entidades locales solicitantes de asistencias económicas, y, en cumplimiento de lo establecido en la citada Base de ejecución 49ª, obra en el expediente diligencia de la Jefa de Sección de Colaboración Local de fecha 17 de marzo de 2026, en relación con los siguientes extremos:
La delegación de competencias en materia de gestión, recaudación e inspección tributaria.
Los datos extraídos de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en cuanto a la inexistencia de sanciones con respecto a las entidades locales participantes en la convocatoria, consistentes en la prohibición de obtener subvenciones y/o ayudas públicas.
Solicitud del pago anticipado de las asistencias económicas y aceptación de la compensación de oficio en el supuesto de reintegro de las mismas.
Información relativa al artículo 88.3 del Reglamento de la Ley General de
Subvenciones.”
Por otro lado, y de conformidad con el artículo 97.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Corporación, el Secretario da lectura a la parte dispositiva del dictamen emitido por la Comisión Informativa Permanente y de Seguimiento de Presidencia y Recursos Humanos, en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2026.
Obran en el expediente informes a que se refiere el artículo 172 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986; así como el de la Intervención Provincial.
Considerando los informes emitidos y lo dispuesto en la normativa citada en la parte expositiva de la propuesta antes transcrita.
No habiéndose producido intervenciones, sometido el asunto a votación ordinaria conforme dispone el artículo 110 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Corporación, el Pleno, por unanimidad de los/as veintisiete Diputados/as asistentes a la sesión
ACUERDA:
1º) Proceder a la aprobación parcial del Plan especial de asistencia económica para la financiación de inversiones y servicios de competencia municipal dirigido a entidades locales de la provincia de Almería con población inferior a 1.000 habitantes correspondiente al año 2.026.
2º) Admitir las solicitudes presentadas en el referido Plan y conceder a las siguientes entidades locales los importes indicados para la ejecución de los proyectos relacionados a continuación:
SECCIÓN DE COLABORACIÓN LOCAL. CAPÍTULO 7. INVERSIONES
ENTIDAD LOCAL
PROYECTO
IMPORTE
AYUNTAMIENTO ALBANCHEZ
DE
AMPLIACIÓN ZONA DE PASEO EN RESIDENCIA ANA MARÍA MARTOS
20.000 €
AYUNTAMIENTO ALBODUY
DE
RESTAURACIÓN Y CORRECCIÓN
HIDROLÓGICO FORESTAL DEL GAMONAL
20.000 €
AYUNTAMIENTO ALCOLEA
DE
MEJORA EN ALUMBRADO PÚBLICO DE DARRICAL
20.000 €
AYUNTAMIENTO ALCÓNTAR
DE
EJECUCIÓN DE ACERADO EN BARRIADA LOS SEGUNDOS HIJATE
20.000 €
AYUNTAMIENTO ALHABIA
DE
ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO URBANO Y MEJORA DE PARQUES
20.000 €
AYUNTAMIENTO ALMOCITA
DE
OBRAS DE ADECUACIÓN DE LOCAL A TIENDA DE ALIMENTACIÓN EN EDIFICIO MUNICIPAL.
20.000 €
AYUNTAMIENTO ALSODUX
DE
SOTERRAMIENTO LINEA DE
DISTRIBUCIÓN DE BAJA TENSIÓN 5º FASE
20.000 €
AYUNTAMIENTO ALICUN
DE
ACTUACIONES CAMINOS MUNICIPALES
2026
20.000 €
AYUNTAMIENTO
ARMUÑA
ALMANZORA
DE
DE
CANALIZACIÓN DE
TELECOMUNICACIONES Y FAROLAS
20.000 €
AYUNTAMIENTO BACARES
DE
ACTUACIONES DE MEJORA EN
APARCAMIENTO MUNICIPAL, PISTA
POLIDEPORTIVA Y VESTUARIOS
20.000 €
AYUNTAMIENTO DE BAYÁRCAL

MEJORA DEL PARQUE BIOSALUDABLE
20.000 €
AYUNTAMIENTO BAYARQUE
DE
RENOVACION EQUIPOS DE TDT
20.000 €
AYUNTAMIENTO BÉDAR
DE
SUSTITUCIÓN DEL REVESTIMIENTO DEL VASO DE LA PISCINA MUNICIPAL
20.000 €
AYUNTAMIENTO BENITAGLA
DE
INSTALACIÓN DE BARANDILLA DE
PROTECCIÓN EN CORONACIÓN DE MURO
ESCOLLERA CAMINO CÓBDAR (POL 2 PARC 178)
20.000 €
AYUNTAMIENTO BENTARIQUE
DE
ESCOLLERA EN PASEO DE LA IGLESIA
20.000 €
AYUNTAMIENTO DE
CASTRO DE FILABRES
ACONDICIONAMIENTO PARCELA PARA APARCAMIENTO PÚBLICO
20.000 €
AYUNTAMIENTO DE
CHERCOS
REPOSICIÓN PUERTAS DE PASO TEATRO
MUNICIPAL, REPARACIÓN RED DE
ABASTECIMIENTO E INSTALACIÓN DE
DOS FAROLAS
20.000 €
AYUNTAMIENTO DE ENIX
REVESTIMIENTO EXTERIOR DE CUBIERTA DE EDIFICIO
20.000 €
AYUNTAMIENTO DE
FELIX
OBRAS MEJORA ENTORNO PISCINA MUNICIPAL
20.000 €
AYUNTAMIENTO DE
FONDÓN
ADQUISICION CARRETILLA INDUSTRIAL 2500 KG
20.000 €
AYUNTAMIENTO DE
HUECIJA
AMPLIACIÓN DEL CEMENTERIO
20.000 €
SECCIÓN DE COLABORACIÓN LOCAL. CAPÍTULO 7. INVERSIONES
ENTIDAD LOCAL
PROYECTO
IMPORTE
AYUNTAMIENTO
ILLAR
DE
REHABILITACIÓN CUBIERTA EN EDIFICIO MUNICIPAL PARA CASA RURAL
20.000 €
AYUNTAMIENTO LAROYA
DE
CAMPANAS LED EN ALMACEN
MUNICIPAL E INSTALACIÓN DE BARANDILLAS
20.000 €
AYUNTAMIENTO
LUCAINENA DE TORRES
DE
LAS
SUSTITUCIÓN DE RED DE
ABSTECIMIENTO EN CALLE ALMAZARA Y NUCLEO URBANO DE POLOPOS
20.000 €
AYUNTAMIENTO LUCAR
DE
ARREGLO PARQUE INFANTIL CALLE NAVARRO SERNA
20.000 €
AYUNTAMIENTO NACIMIENTO
DE
PAVIMENTACIÓN CALLE CONSOLACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE NICHOS
20.000 €
AYUNTAMIENTO OHANES
DE
ACONDICIONAMIENTO DE ENTRADA AL MUNICIPIO
20.000 €
AYUNTAMIENTO OLULA DE CASTRO
DE
ADECUACIÓN DE TERRENOS EN LA
PARCELA CATASTRAL
04068A010001160000QL PARA ESPACIO LIBRE.
20.000 €
AYUNTAMIENTO PADULES
DE
ARREGLO CUBIERTA DOS VIVIENDAS
20.000 €
AYUNTAMIENTO PATERNA DEL RIO
DE
MEJORA INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN
CASA CONSISTORIAL Y PARQUE DE AUTOCARAVANAS
20.000 €
AYUNTAMIENTO RAGOL
DE
CLIMATIZACIÓN, MOBILIARIO Y
EQUIPAMIENTO DE LA CASA DE LA JUVENTUD
20.000 €
AYUNTAMIENTO DE
SANTA FÉ DE MONDUJAR
ADECUACIÓN Y MEJORA DEL SENDERO PEATONAL CAMINO A LA CRUZ
20.000 €
AYUNTAMIENTO
SANTA CRUZ MARCHENA
DE
DE
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE MÓDULOS DE CONTADORES
20.000 €
AYUNTAMIENTO
SENÉS
DE
OBRAS A REALIZAR EN DISTINTOS
MUROS Y UNA FACHADA DE UN INMUEBLE DEL NÚCLEO URBANO DE SENÉS.
20.000 €
AYUNTAMIENTO
SIERRO
DE
MANTENIMIENTO Y DESBROCE DE CAMINO MINICIPAL
20.000 €
AYUNTAMIENTO SOMONTÍN
DE
CONSTRUCCIÓN 18 NICHOS CEMENTERIO MUNICIPAL
20.000 €
AYUNTAMIENTO
SUFLÍ
DE
REALIZACIÓN DE PLAZA CON ESCENARIO EN LA CALLE ERAS Nº 29
20.000 €
AYUNTAMIENTO TAHAL
DE
SUSTITUCIÓN DE CONTENEDORES DE
RESIDUOS UN MODELO MÁS SOSTENIBLE, LIMPIO Y EFICIENTE
20.000 €
AYUNTAMIENTO TABERNO
DE
ASFALTADO DE TRAMOS DEL CAMINO LOS PARDOS
20.000 €
AYUNTAMIENTO
TURRILLAS
DE
REPARACIÓN DEL DEPÓSITO DE ABASTECIMIENTO MUNICIPAL
20.000 €
AYUNTAMIENTO
ULEILA DEL CAMPO
DE
MEJORA EXTERIOR CASA MEDICO
(TITULARIDAD MUNICIPAL) Y MEJORA
PAVIMENTO PISTA PADEL
20.000 €
AYUNTAMIENTO URRACAL
DE
MURO DE CONTENCIÓN Y EQUIPAMIENTO CASA DEL MAESTRO
20.000 €
IÓN DE COLABORACIÓN LOCAL. CAPÍTULO 7. INVERSIONES
ENTIDAD LOCAL
PROYECTO
IMPORTE
AYUNTAMIENTO VELEFIQUE
DE
BARANDILLA Y MOBILIARIO VIVIENDAS
RURALES, MESA SONIDO TEATRO Y
ELECTRODOMÉSTICOS SALON SOCIAL
20.000 €
ENTIDAD
AUTÓNOMA
VICTORIA
LOCAL
FUENTE
DEMOLICION EDIFICIO RUINOSO PARA
INCORPORACION A ESPACIO LIBRE PUBLICO
20.000 €

3º) Para la ejecución de las actuaciones descritas en el documento técnico aportado por las entidades locales, corresponde a las entidades locales beneficiarias la obtención de los permisos, autorizaciones sectoriales y/o títulos habilitantes que sean necesarios en cada caso.


4º) Comprometer un gasto de ochocientos ochenta mil euros (880.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 1100 942 76202.
5º) Reconocer la obligación de las asistencias económicas aprobadas a las entidades locales relacionadas en el apartado 2º), a partir de la fecha de la adopción del presente acuerdo.
6º) Las Entidades Locales beneficiarias habrán de ejecutar las actuaciones como máximo hasta el 31 de marzo de 2027
7º) La justificación de ejecución de la totalidad del proyecto, así como de la aplicación de los fondos concedidos, se deberá presentar como máximo hasta el día 31 de junio de 2027, ante esta Corporación Provincial/Sección de Colaboración Local, a través de la oficina virtual (trámite: justificación) mediante la presentación de la siguiente documentación:
a) Cuenta justificativa de la totalidad de la actuación en la que se detallen los pagos realizados por el importe total concedido (cuenta justificativa en modelo normalizado) expedida por la secretaría de la entidad local en la que se relacionen los justificantes de gasto e inversiones de la totalidad de la actuación, con identificación del acreedor y del documento, su importe, concepto, fecha de emisión y fecha de pago, detallando los pagos realizados con cargo a la asistencia económica de la Diputación al Ayuntamiento.
b) Informe final emitido por técnico municipal o provincial (o con la conformidad de alguno de estos), en el que se ponga de manifiesto que la ejecución material se ha realizado conforme al proyecto presentado.
c) Documentación acreditativa de la publicidad realizada en relación con la colaboración de la Diputación en la ejecución de la actuación.
El Ayuntamiento deberá adoptar las medidas de difusión adecuadas para el general conocimiento de la financiación de las actuaciones por la Diputación de Almería. Tales medidas serán adecuadas al objeto de la asistencia económica y deberán consistir en la instalación, en el lugar de ejecución del proyecto, de un soporte rígido (placa o cartel) conforme al modelo normalizado, siendo imperativo el uso de elementos resistentes que aseguren su perdurabilidad. Si no fuera posible, se difundirá la colaboración de esta Diputación mediante publicación en la página web del Ayuntamiento y/o en medios digitales, incluyendo como mínimo:
- Logotipo de la Diputación de Almería.
- Importe de la ayuda económica.
- Año de concesión.
Dicha publicación deberá mantenerse activa durante, al menos, el plazo de ejecución y justificación de la asistencia económica.
8º) La asistencia económica será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados; si bien, en ningún caso el importe de los fondos recibidos podrá superar el coste de la actividad financiada.
9º) Se producirá el reintegro total o parcial de la asistencia económica en el supuesto de falta de justificación adecuada o de concurrencia de alguna de las causas de reintegro previstas en la Ley General de Subvenciones.
Se tendrán en cuenta los criterios de graduación por incumplimiento de condiciones en la asistencia económica concedida previstos en la base número 56 de las de ejecución del presupuesto de esta Diputación de 2026.
10º) Esta Diputación se reserva la facultad del examen de la integridad del expediente de en relación con la ejecución y contratación de los trabajos objeto de financiación por la asistencia económica de referencia, estando obligado dicho Ayuntamiento a facilitar copia de dicho expediente en caso de ser requerido.
11º) Comunicar a las entidades locales beneficiarias que el presente expediente está sometido al control financiero por parte de la Intervención Provincial conforme al Plan anual de auditorías.
12º) Deberá procederse a la publicación de la concesión de la presente asistencia económica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y en el portal de transparencia de la Diputación Provincial de Almería. “
No obstante, de conformidad con el artículo 192 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Diputación de Almería, se advierte que el acta comprensiva del acuerdo a que se refiere el presente documento, aún no ha sido aprobada, por lo que el contenido del mismo queda a reserva de los términos que resulten de la aprobación de aquélla.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LRJCA). No obstante, podrá dirigir requerimiento previo ante la Junta de Gobierno de la Diputación de Almería, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 44 de la citada LRJCA. El requerimiento se entenderá rechazado si dentro del mes siguiente a su recepción, esta Diputación no lo contestara. Los expresados recurso y requerimiento lo son sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Sin perjuicio del acceso electrónico a este documento a través de la dirección electrónica habilitada única, disponible desde https://dehu.redsara.es y/o por medio de la sede electrónica de la Diputación de Almería, accesible desde https://sede.dipalme.org ; se le informa, además, de que dicho documento podrá también verificarse y validarse su firma desde la citada sede electrónica de la Diputación de Almería.

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